El Programa Auto+ moviliza 400 millones de euros para impulsar la compra de vehículos eléctricos en España

Ciudadanía, profesionales autónomos y empresas podrán acceder a ayudas para adquirir vehículos eléctricos y electrificados

El Gobierno de España ha aprobado el Programa Auto+, una nueva línea de ayudas destinada a fomentar la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados en todo el territorio nacional.

El programa, gestionado por el Ministerio de Industria y Turismo, dispone de un presupuesto total de 400 millones de euros y tiene como objetivo acelerar la descarbonización del transporte, facilitar el acceso a la movilidad eléctrica y reforzar la competitividad de la industria europea.

Dos líneas de ayudas

El Programa Auto+ se estructura en dos líneas diferenciadas:

Línea 1: ciudadanía

Está dirigida a personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España, que no desarrollen una actividad económica.

Esta línea cuenta con un presupuesto de 350 millones de euros y permite solicitar ayuda para un vehículo por persona beneficiaria.

Línea 2: autónomos y empresas

Está destinada a profesionales autónomos y empresas que desarrollen una actividad económica.

Dispone de una dotación de 50 millones de euros. Los autónomos podrán recibir ayudas para un máximo de tres vehículos, mientras que las empresas podrán beneficiarse por un máximo de diez vehículos.

¿Qué vehículos pueden beneficiarse?

Las ayudas están dirigidas a vehículos que dispongan de la etiqueta ambiental CERO de la Dirección General de Tráfico.

Entre las categorías subvencionables se encuentran:

— Turismos eléctricos y electrificados.
— Furgonetas y vehículos comerciales ligeros.
— Motocicletas eléctricas.
— Cuadriciclos ligeros y pesados.

El programa incluye vehículos eléctricos puros —BEV y vehículos de pila de combustible—, así como vehículos eléctricos de autonomía extendida e híbridos enchufables que cumplan los requisitos establecidos.

Importes máximos de las ayudas

Para particulares, los importes máximos por vehículo son:

— Hasta 4.500 euros para turismos.
— Hasta 5.000 euros para furgonetas y vehículos comerciales ligeros.
— Hasta 1.100 euros para motocicletas.
— Hasta 1.500 euros para cuadriciclos.

En el caso de autónomos y microempresas, las ayudas máximas generales podrán alcanzar:

— Hasta 6.000 euros para turismos.
— Hasta 7.500 euros para furgonetas y vehículos comerciales ligeros.

Para determinados autónomos y microempresas incluidos en el programa de apoyo al transporte ligero profesional, las cuantías máximas podrán elevarse hasta 7.000 euros para turismos y 12.000 euros para vehículos comerciales ligeros.

Estas cifras representan los importes máximos posibles. La cantidad definitiva se calculará según tres criterios:

Criterio eléctrico: los vehículos eléctricos puros reciben una mayor puntuación que los híbridos enchufables.
Criterio económico: se favorecen los vehículos con precios más accesibles.
Criterio europeo: se añaden porcentajes cuando el montaje del vehículo y determinados procesos de fabricación de la batería se realizan en la Unión Europea.

Límites de precio

Para los turismos de hasta siete plazas, el precio máximo subvencionable será de 45.000 euros antes de impuestos, después de aplicar los descuentos comerciales.

En el caso de motocicletas de las categorías L3e, L4e y L5e, el precio máximo será de 10.000 euros antes de impuestos.

Cuando se trate de vehículos nuevos de las categorías turismo o vehículo comercial ligero, el punto de venta deberá aplicar un descuento mínimo de 1.000 euros antes de impuestos, identificado en la factura como vinculado al Programa Auto+. Esta exigencia presenta una excepción para determinadas compras realizadas antes de la apertura del plazo de solicitudes.

Compras realizadas desde enero de 2026

Las ayudas tendrán carácter retroactivo para vehículos nuevos matriculados por primera vez a nombre de la persona beneficiaria desde el 1 de enero de 2026.

También podrán incluirse determinados vehículos seminuevos cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya producido desde el 1 de enero de 2025, siempre que se adquieran a través de un concesionario o punto de venta autorizado y se cumplan el resto de los requisitos.

Compra, leasing y renting

Las personas particulares podrán solicitar la ayuda para la adquisición directa del vehículo.

En el caso de autónomos y empresas, el programa contempla la compra directa, el leasing financiero y el renting. Cuando el vehículo se adquiera mediante leasing o renting, el contrato deberá tener una duración mínima de tres años.

¿Cuándo se podrán solicitar?

Desde hoy puedes solicitarlas. Las solicitudes se tramitarán electrónicamente a través del sistema que habilite el Ministerio de Industria y Turismo y se concederán por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles.

El plazo finalizará en la fecha que establezca cada convocatoria y, como máximo, el 15 de octubre de 2026, salvo que el crédito permita ampliarlo hasta el 31 de diciembre.

Documentación necesaria

Entre la documentación que podrá requerirse se encuentra:

— Ficha técnica definitiva del vehículo.
— Permiso de circulación.
— Factura de compraventa.
— Justificantes bancarios del pago.
— Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
— Contrato y certificado de la entidad financiera cuando exista financiación.
— Documentación tributaria, censal y empresarial correspondiente.

Las solicitudes de autónomos y empresas estarán, además, sujetas al régimen europeo de ayudas de minimis y al cumplimiento de las condiciones específicas recogidas en la convocatoria.

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